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Preguntas frecuentes

¿El Registro Sanitario es el mismo registro INVIMA?

La respuesta es que el registro sanitario es un documento que autoriza una persona natural o jurídica a fabricar, envasar e importar un producto destinado a consumo humano y es expedido por Colombia por INVIMA (Instituto de Vigilancia de Alimentos y Medicamentos). En conclusión,  el término correcto es registro sanitario, registro INVIMA porque INVIMA es la institución que otorga los registros.

¿Qué necesitas para obtener el registro sanitario INVIMA de forma efectiva?

  1. Antes de empezar, asegúrate de conocer los requisitos específicos para tu producto. Esto te ayudará a preparar la documentación necesaria y evitar retrasos.
  2. Busca ayuda profesional: Si no sabes cómo obtener el registro sanitario INVIMA, considera contratar a nuestros consultores expertos. Ellos te guiarán y asegurarán que cumplas con todos los requisitos.
  3. Planifica con tiempo: Obtener el registro sanitario INVIMA puede ser un proceso largo, por eso es importante planificar con anticipación. Asegúrate de tener todos los documentos necesarios antes de empezar la solicitud.
  4. Renueva el registro INVIMA a tiempo para evitar sanciones y poder seguir vendiendo tu producto en Colombia. Es importante mantenerlo actualizado para cumplir con la normativa.

¿Cuáles son las sanciones que tienen las empresas por incumplimiento del registro sanitario INVIMA?

El incumplimiento del registro sanitario INVIMA puede tener graves consecuencias, incluyendo sanciones y multas por parte de la entidad. Estas sanciones pueden variar dependiendo del tipo de incumplimiento y pueden incluir:

  1. Multas económicas: El INVIMA puede imponer multas económicas a los fabricantes o distribuidores que comercialicen productos sin el registro sanitario correspondiente.
  1. Suspensión de la comercialización: En casos graves de incumplimiento, el INVIMA puede ordenar la suspensión de la comercialización del producto, lo que implica la prohibición de su venta y distribución en el país.
  1. Retiro del mercado: Si se determina que un producto representa un riesgo para la salud de los consumidores, el INVIMA puede ordenar su retiro del mercado, incluso si cuenta con el registro sanitario.

Es importante tener en cuenta que el INVIMA realiza inspecciones y controles periódicos para verificar el cumplimiento de las normas y requisitos. Por lo tanto, es fundamental asegurarse de cumplir con el registro sanitario INVIMA y mantenerlo vigente para evitar sanciones y proteger la reputación de la empresa.

¿Cuál es la diferencia entre Registro Sanitario, Permiso Sanitario y Notificación Sanitaria?

La diferencia radica principalmente en el tipo de autorización que se otorga por grupo de alimentos según la clasificación entre alto riesgo, mediano riesgo y bajo riesgo. Para la inocuidad alimentaria (es decir que tengan mayor riesgo para transmitir microorganismos que produzcan enfermedades). Para mayor información consultar 719 de 2015 y resolución 2674 de 2013. En la siguiente tabla vamos a explicar mejor esta clasificación.

 

TIPO DE ALIMENTOS  EJEMPLO TIPO DE AUTORIZACIÓN  VIGENCIA

 

Alto riesgo

Leche, lácteos, cárnicos, productos con huevo, aceites, etc.

 

Registro sanitario

 

5 años

 

 

Mediano riesgo

Arepas, nueces, mezcla de nueces, refrescos de fruta, néctares, harina, almidones, féculas, productos precocidos

 

 

Permiso sanitario

 

 

7 años

Bajo riesgo Café, chocolate de mesa, galletas, productos de panadería, etc.

 

Notificación sanitaria

 

10 años

¿Hay que renovar el Registro Sanitario?

Si,  3 meses antes del vencimiento debe realizarse la solicitud de renovación del Registro Sanitario, Permiso Sanitario y Notificación Sanitaria ante INVIMA.

¿Cómo debe realizarse el pago de los tarifas ante INVIMA? ¿Hay algún subsidio a plazos para pagar la tarifa si soy microempresario?

El pago para solicitar registro sanitario para alimentos, debe realizarse se manera anticipada; ya sea  por la sucursal virtual de INVIMA o en caja del banco Davivienda con el formato prestablecido para las consignaciones para trámites ante INVIMA.

¿Es muy complicado obtener el Registro Sanitario para alimentos?

No es complicado, pero se necesita conocer bien la normativa de la clasificación de los alimentos, los formularios a diligenciar para obtener el registro sanitario para alimentos y realizar el debido seguimiento al expediente para obtener un proceso exitoso. Para eso Línea Continua Consultores le brinda la ayuda que necesita.

¿Con una misma autorización se puede abarcar varios productos?

Si, se pueden agrupar diferentes variedades en un mismo tipo de autorización (registro sanitario, permiso sanitario o notificación sanitaria), pero una autorización no abarca varios productos, por ejemplo un registro sanitario de leche pasteurizada, no abarca queso ni yogurt a pesar de que todos ellos son derivados lácteos.

¿Con un mismo registro sanitario para alimentos, se puede incluir diferentes marcas y presentaciones comerciales?

Si, con una misma autorización (registro sanitario, permiso sanitario o notificación sanitaria), se pueden incluir todas las marcas y presentaciones comerciales que se deseen.

¿Cuál es la conexión entre la Resolución 810 de 2021, la Resolución 254 de 2023 y las regulaciones de etiquetado de la FDA?

Tanto la Resolución 810 como la FDA establecen normas sobre las tablas de información nutricional. En Colombia, la tabla nutricional debe incluir datos sobre nutrientes por cada 100 g de muestra y porción establecida, como calorías, grasas totales, grasas saturadas, grasas trans, carbohidratos, fibra dietética, azúcares totales, azúcares añadidos y proteínas. Por su parte, la tabla nutricional de la FDA en EE. UU. debe mostrar información por porción y en porcentaje del valor diario, según las regulaciones de la FDA, incluyendo calorías, grasas totales, grasas saturadas, grasas trans, colesterol, sodio, carbohidratos totales, fibra dietética, azúcares totales, azúcares añadidos y proteína, Vitamina D, Calcio, Hierro y Potasio.

¿Cuál es la función de las tablas de información nutricional y los sellos de advertencia de acuerdo con la Resolución 254 de 2023?

La OMS, siglas de la Organización Mundial de la Salud, sugiere implementar un sistema de etiquetado frontal en los envases de alimentos para combatir la creciente epidemia de obesidad en niños y adolescentes. Este sistema debe ser fácil de entender y se basa en la educación del público para que tanto adultos como jóvenes adquieran conocimientos básicos sobre nutrición. Las tablas de información nutricional proporcionan datos sobre los nutrientes presentes en un alimento al momento de ser consumido, así como su contenido de energía, vitaminas, minerales y carbohidratos.

Los sellos de alerta son signos hexagonales de color negro con letras blancas que están fácilmente visibles en la parte frontal de los envases de comida. Estos sellos están diseñados para proporcionarte información rápida y sencilla sobre la cantidad de azúcar añadida, sodio y grasas saturadas que tienen los productos que consumes

¿Cómo se presenta la información nutricional de los alimentos colombianos según lo establecido en la resolución 810 de 2021 y la resolución 254 de 2023?

La Resolución 810 de 2021 tiene como objetivo facilitar la toma de decisiones informadas sobre la alimentación. Por este motivo, introduce un nuevo etiquetado nutricional para alimentos envasados o empacados, con datos más claros, visibles y comprensibles.

¿Qué incluye este nuevo etiquetado?

  1. Tabla de información nutricional:
  • Más grande y fácil de leer: para que sea sencillo de encontrar.
  • Valores por cada 100 g y por porción: para poder comparar de manera precisa.
  • Información resaltada: grasas saturadas, sodio y azúcares añadidos en negrita y con un marco hexagonal negro en la parte frontal de los productos para identificarlos rápidamente.

¿En qué fecha se implementó?

La introducción del nuevo etiquetado se llevó a cabo de forma progresiva:

  • Etapa 1 (noviembre de 2021 – octubre de 2022): Productos preenvasados con alto contenido de nutrientes críticos.
  • Etapa 2 (noviembre de 2022 – octubre de 2023): Resto de productos preenvasados.
  • Etapa 3 (a partir de noviembre de 2023): Bebidas sin alcohol con azúcares añadidos.

¿Qué se necesita saber para la legislación de CBD para uso cosmético y alimenticio en Colombia?

El CBD, o cannabidiol, es un compuesto no psicoactivo que se encuentra en la planta de cannabis. En los últimos años, el CBD ha ganado popularidad por sus posibles beneficios para la salud, como la reducción de la ansiedad, el dolor y la inflamación.

En el año 2022, el gobierno colombiano aprobó el Decreto 811, que regula el uso del CBD en los alimentos. El decreto establece que los alimentos que contengan CBD deben cumplir con los siguientes requisitos:

  • El contenido de CBD debe ser inferior al 0,2%.
  • Los alimentos deben estar etiquetados adecuadamente con la información sobre el contenido de CBD.
  • Los alimentos no deben estar destinados a personas menores de 18 años.

En el 2023, el gobierno colombiano aprobó el Decreto 140, que regula el uso del CBD en los cosméticos. El decreto establece que los cosméticos que contengan CBD deben cumplir con los siguientes requisitos:

  • El contenido de CBD debe ser inferior al 0,3%.
  • Los cosméticos deben estar etiquetados adecuadamente con la información sobre el contenido de CBD.
  • Los cosméticos no deben ser destinados a personas menores de 18 años.

Requisitos de etiquetado de los productos con CBD.

  • Las etiquetas de los productos de CBD deben cumplir con los requisitos generales de etiquetado de la Ley de Alimentos, Medicamentos y Cosméticos (FDCA).
  • Las etiquetas no deben incluir declaraciones de propiedades terapéuticas.

En particular, las etiquetas de los productos de CBD deben incluir la siguiente información: 

  • Nombre del producto
  • Lista de ingredientes
  • Contenido neto
  • Fecha de vencimiento
  • Instrucciones de uso
  • Información de contacto del fabricante.

Ing.  Carolina Marín García

CEO Línea Continua Consultores

Para recibir una cotización más adecuada al tipo de producto, contáctenos a gerencia@lineacontinua.co , llámenos a 3104244545.

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